MADRID, 8 de febrero de 2025 – La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al año 2025 comenzará exactamente en dos meses, el próximo 8 de abril, con la presentación de las declaraciones por internet, según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.
Este año, la Agencia Tributaria ha decidido retrasar el inicio de la campaña, que en 2024 comenzó el 2 de abril y en 2023 el 3 de abril. De acuerdo con el calendario publicado, la campaña iniciará justo después de la Semana Santa. El 8 de abril se abrirá el plazo para la presentación de las declaraciones a través de internet y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026.
A partir del 8 de abril de 2026, los contribuyentes podrán obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de manera electrónica, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
No obstante, antes del inicio de la campaña, se podrá obtener el número de referencia, así como visualizar y descargar los datos fiscales, y acceder a información sobre la Campaña de Renta.
Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono, con solicitud de cita que se podrá realizar desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
Entre el 1 y el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria también podrá confeccionar declaraciones de manera presencial en sus oficinas, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio. Es importante tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finalizará el 25 de junio.
En cuanto a los medios de pago, el ingreso de la cuota tributaria se podrá realizar mediante domiciliación, pago a través de cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito o débito, así como transferencias instantáneas efectuadas a través de plataformas de comercio electrónico seguro (por ejemplo, Bizum). Además, se podrá realizar mediante un documento de ingreso que deberá imprimirse y que permitirá efectuar el pago en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido.
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR?
Para la Campaña de la Renta de 2025, estarán obligados a presentar declaración aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores.
Asimismo, deberán declarar todas las personas físicas que, en cualquier momento del periodo impositivo, hubieran estado de alta como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
También estarán obligados a presentar declaración por este Impuesto las personas titulares del ingreso mínimo vital y las que integran la unidad de convivencia. Por el contrario, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no tendrán la obligación de presentar la declaración del IRPF, siempre y cuando el Congreso de los Diputados ratifique el real decreto-ley de revalorización de pensiones que incluye esta medida.
DEVOLVÍAN 13.094 MILLONES A 15,6 MILLONES DE CONTRIBUYENTES EN 2024
Según datos publicados por la Agencia Tributaria a principios de año, en la Campaña de la Renta correspondiente al año 2024 se devolvieron 13.094 millones de euros a 15.611.000 contribuyentes. A 30 de diciembre del año pasado, se había realizado el 97,5% de las devoluciones solicitadas en número y se había abonado el 95,5% de los importes solicitados.
Al cierre del año 2024, se habían presentado 24.720.000 declaraciones, un 2,4% más que el año anterior en las mismas fechas, de las cuales un 65%, es decir, 16 millones, resultaron a devolver.
En el marco de la campaña, se presentaron más de 47.000 declaraciones rectificativas por parte de contribuyentes que modificaron su declaración tras recibir una carta de la Agencia, evitando así una posible comprobación posterior, la generación de intereses y la eventual imposición de sanciones.
