El Pleno del Congreso debatirá y votará este martes una proposición de ley del Partido Popular (PP) que propone, entre otras medidas, agilizar los trámites de desarrollo urbanístico y permitir a empresas, bancos y fondos de inversión acudir a juicios rápidos para recuperar viviendas «okupadas». Esta ley ya ha sido aprobada en el Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta, y se plantea su admisión a trámite en el Congreso el mismo día en que el Gobierno aprobará en Consejo de Ministros un plan estatal de vivienda dotado con 7.000 millones de euros.
Aunque el texto presenta similitudes con la Ley del Suelo que pactaron el PSOE y el PNV, como la eliminación de la nulidad en cascada de proyectos urbanísticos por errores subsanables, la normativa del PP va más allá y deroga ciertos aspectos de la Ley de Vivienda de 2023 impulsada por el PSOE y Unidas Podemos.
Derogación de las Zonas Tensionadas
En concreto, la nueva propuesta elimina las zonas tensionadas y el índice de precios de referencia de alquileres, medidas que el PP considera «perjudiciales» para el mercado de la vivienda. Además, incluye una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que permitirá a personas jurídicas, incluyendo empresas y fondos de inversión, acudir a juicios verbales para exigir la «inmediata recuperación» de la posesión de una vivienda si han sido despojadas de ella sin su consentimiento.
Estos procedimientos están diseñados para resolver conflictos civiles de baja cuantía de manera ágil. Con la normativa actual, las personas jurídicas solo podían acceder a esta vía si eran entidades sin ánimo de lucro. También se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para reducir el plazo máximo de posible suspensión del proceso de desahucio de dos a un mes para personas físicas, y de cuatro a tres meses para personas jurídicas, facilitando así la protección de los vulnerables.
Aumento del Umbral de Vulnerabilidad
Además, el umbral base de ingresos familiares para determinar la vulnerabilidad económica se reduce desde tres veces hasta 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). Esto significa que cualquier unidad familiar que supere los 900 euros mensuales de ingresos (dado que el Iprem actual está fijado en 600 euros) dejaría de ser considerada un hogar vulnerable en el contexto de desahucios.
La normativa también establece que, en las obras de nueva construcción, aunque se requiera una licencia, tras tres meses sin resolución expresa por parte de la administración competente, se considerará silencio positivo, permitiendo así que se proceda a la construcción.
Limitaciones para Obras con Protección Histórica
No obstante, se estipula que el silencio será negativo para obras que impliquen intervenciones totales en edificaciones catalogadas con algún tipo de protección ambiental o histórica-artística. Asimismo, se aplicará este silencio negativo a suelos en situación básica rural que no estén destinados a transformación urbanística, así como en casos de tala de masas arbóreas.
La reforma también especifica que la nulidad de un instrumento de ordenación territorial no conllevará la nulidad de sus actos o disposiciones de desarrollo, permitiendo así correcciones. Además, se elimina la referencia a los procedimientos de evaluación ambiental en la Ley del Suelo de 2015, considerándose redundante con otras regulaciones ambientales.
Para mejorar la agilidad en los informes sectoriales, se propone la creación de una plataforma que facilite la interconexión con otras plataformas urbanísticas en diferentes administraciones, buscando una coordinación total.
Limitación de Plazos de Impugnación
La proposición de ley también modifica la jurisdicción contencioso-administrativa y limita el plazo de impugnación indirecta de las normas de ordenación territorial a cuatro años. La modificación también incluye la reducción del plazo de posible suspensión de un proceso de desahucio de dos meses a un mes para personas físicas y de cuatro a tres meses para personas jurídicas.
Finalmente, se reconoce a Ceuta y Melilla la capacidad para aprobar definitivamente sus propios instrumentos de ordenación urbanística, previa evaluación de la Administración General del Estado. Este enfoque busca simplificar el proceso administrativo y adaptarlo a las realidades locales.
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