
MADRID 31 Ene. (EPDATA) – El salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026 se situará en unos 1.424 euros brutos mensuales en doce pagas, lo que supone un incremento de aproximadamente 40 euros más al mes para los trabajadores. Estas cantidades se perciben sin tributación en el IRPF, aunque quienes tengan retenciones en su nómina deberán presentar la Declaración de la Renta para que Hacienda les devuelva lo correspondiente.
En concreto, el Ministerio de Trabajo ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT, sin las patronales CEOE y Cepyme, para aumentar el salario mínimo interprofesional un 3,1% más que la cuantía vigente en 2025.
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Los perceptores del SMI podrán calcular cómo quedará su salario neto. Para ello, se ha creado una calculadora en la que se descuentan, como en cualquier salario, las cotizaciones a la Seguridad Social. En esta calculadora se deducen del salario base los conceptos más habituales que se restan del salario bruto en concepto de Seguridad Social: las contingencias comunes (4,70%), el desempleo (1,55% si el contrato es indefinido y 1,60% si es temporal) y el mecanismo de equidad intergeneracional -MEI- (0,15%).
No obstante, no se incluyen las retenciones en el IRPF, puesto que estas están exentas de tributación en la mayoría de los casos, además de posibles deducciones voluntarias (como cuota sindical o pagos en especie) y las horas extraordinarias (2,00% en las de fuerza mayor y 4,70% en las demás).
¿POR QUÉ DEBES PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA?
Hacienda aprobó en 2025 una reforma fiscal para dejar exentos de tributación a quienes perciben el SMI, y que también beneficia con deducciones de forma gradual a quienes ingresan menos de 18.276 euros anuales, para evitar lo que se conoce como ‘error de salto’, de modo que los ciudadanos que cobran un poco más del SMI no se vean perjudicados con un alza fiscal.
La deducción en el IRPF es de 340 euros anuales cuando los rendimientos son inferiores al SMI de 2025 (16.576 euros) y se va rebajando progresivamente hasta los 18.276 euros.
Por ello, se recomienda que los perceptores del salario mínimo presenten la Declaración de la Renta de este año y del ejercicio siguiente si su nómina soporta retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que en muchos casos tendrán derecho a la devolución de dichas cantidades.
El salario mínimo español, de 1.381 euros al mes en doce pagas, es el séptimo más voluminoso entre los 22 países de la Unión Europea que tienen fijado uno por ley, quedando por detrás del de Francia o Alemania. Según datos de Eurostat, las nóminas más elevadas son las de Luxemburgo (2.704 euros), Irlanda (2.391 euros) y Alemania (2.343 euros). Mientras que las más bajas corresponden a Bulgaria (620 euros), Letonia (780 euros) y Rumanía (795 euros). Italia, Dinamarca, Austria, Finlandia y Suecia no cuentan con un salario mínimo establecido.
Ocho países tienen un sueldo por debajo de los 1.000 euros, mientras que otros ocho cuentan con uno comprendido entre 1.000 y 1.500 euros, como Grecia (1.027 euros), Portugal (1.073 euros), Polonia (1.139 euros) o la propia España. Además, seis naciones tienen un salario mínimo superior a los 1.500 euros, como Francia (1.823 euros), junto con los países que tienen los salarios más altos.
