La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha confirmado el procesamiento del BBVA, de su expresidente Francisco González y de un grupo de exdirectivos de la entidad por la contratación del comisario jubilado José Manuel Villarejo para la presunta comisión de una serie de encargos ilegales entre 2004 y 2016.
MADRID, 20
A lo largo de una serie de autos, la Sección Tercera ha rechazado los 11 recursos de apelación interpuestos contra el auto por el cual el instructor puso fin a la investigación. Los magistrados, en línea con lo sostenido por la Fiscalía Anticorrupción, afirmaron que «no resulta creíble el desconocimiento alegado» por el propio BBVA.
Con esta decisión, la Audiencia Nacional confirma el procesamiento, entre otros, del exresponsable de Seguridad de la entidad, Julio Corrochano; del exconsejero delegado de BBVA, Ángel Cano; del exjefe de Control Interno, Eduardo Arbizu; y del exdirector de Riesgos, Antonio Béjar.
La Sala de lo Penal se refiere específicamente al sistema establecido por el BBVA de prevención y control para evitar delitos. Los magistrados consideran que este sistema no era eficaz, al dejar fuera de cualquier normativa de control a la presidencia ejecutiva y a la alta dirección, quienes, indiciariamente, cometieron los «delitos de cohecho y revelación de secretos en beneficio del BBVA».
Para la AN, «no es irrazonable concluir, como sostiene el instructor, que, al menos indiciariamente, el modelo de organización y gestión para prevenir delitos no era eficaz, dado que había un grupo de personas que podían actuar al margen del mismo y sin control cuyas órdenes eran obedecidas por los subordinados sin cuestionarlas».
GONZÁLEZ SABÍA «QUIÉN ERA» VILLAREJO
La Sala añade que todos los indicios en este sentido deben ser valorados en conjunto durante el juicio, sin que corresponda a la Sala en este momento establecer «cómo deberían haberse hecho los controles que podrían haber prevenido la comisión del delito, debiendo el análisis centrarse en la constatación indiciaria de que los que existían no eran eficaces por las razones expuestas».
En relación con Francisco González, la Sala señala que algunos de los contratos con CENYT —el grupo empresarial de Villarejo— fueron ordenados por el entonces presidente del BBVA, «que ya sabía quién era esta entidad y sus métodos de investigación por los contratos anteriores. A juicio de los magistrados, «no es irrazonable» concluir que por eso la eligió tras no obtener resultados con otros métodos de investigación y sí los dio con CENYT.
En definitiva, concluyen los jueces, no es irrazonable la interpretación de los indicios que hacen el auto recurrido y las acusaciones para llegar a la conclusión de la participación de Francisco González en los delitos de cohecho y revelación de secretos provisionalmente imputados y de que sabía que la información que CENYT había obtenido en cumplimiento de los contratos referidos «fuera sin respetar la legalidad».
Todo ello, añaden, sirviéndose de funcionarios policiales para acceder a datos de carácter íntimo y personal, y a fuentes cerradas, con injerencia en los derechos fundamentales de las personas investigadas, y sin autorización judicial, a pesar de lo cual ordenó seguir contratando los servicios de Villarejo.
«Estos hechos presentan los caracteres de delitos continuados de cohecho y revelación de secretos como se señala en el auto recurrido, que impide el sobreseimiento de las actuaciones interesado, todo lo cual nos lleva a la desestimación del recurso en este punto», apostilla la Sala.
GONZÁLEZ LO ASUME «CON TRANQUILIDAD»
Fuentes jurídicas cercanas a González han indicado que el que fuera presidente de la entidad «asume la decisión de la sala con tranquilidad y que en el juicio oral tendrá la oportunidad de esclarecer todas las dudas y demostrar con hechos su inocencia».
BBVA, por su parte, ha destacado que «esta decisión de la Sala no altera la situación procesal de la entidad, que se mantiene como parte investigada en el procedimiento hasta que el juez dicte, en su caso, auto de apertura de juicio oral».
«La prioridad de BBVA siempre ha sido la plena colaboración con la Justicia en el esclarecimiento de los hechos. BBVA siempre ha defendido y sigue defendiendo que de los hechos investigados no se deriva responsabilidad penal para la entidad. A futuro, BBVA seguirá actuando con total determinación y diligencia bajo el liderazgo del Consejo de Administración, cuyos miembros no tienen conexión alguna con el caso», ha manifestado el banco.
EL JUEZ LES PROCESÓ EN 2024
Fue en junio de 2024 cuando el entonces juez instructor, Manuel García Castellón, propuso juzgar al banco, a González y a Villarejo, entre otros, por delitos de revelación de descubrimiento y revelación de secretos. El magistrado, en un auto de 268 páginas, puso fin a la instrucción de la pieza separada 9 del ‘caso Villarejo’.
El instructor relataba que el inicio de los hechos surgió con la contratación por el BBVA del entonces comisario de Policía, Julio Corrochano, en septiembre de 2002. Dicha contratación contó con la expresa aquiescencia de su presidente ejecutivo, Francisco González, y permitió un enlace entre la entidad y los anteriores compañeros del citado policía, entre los que se encontraban los comisarios en activo José Manuel Villarejo y Enrique García Castaño.
El juez explicaba cómo el primero de ellos, haciendo un uso fraudulento de las posibilidades que le otorgaba su puesto dentro del organigrama de necesidades operativas de la policía, aprovechó el mismo, y puso en práctica una estructura empresarial con la cual lucrarse haciendo uso de tal especial posición y confianza generada en muchos de sus compañeros policías, lo que le permitía, entre otras cosas, el acceso indirecto a todos los registros policiales, así como bases reservadas de datos a los que las fuerzas de seguridad tuviesen acceso.
«Conociendo Julio Corrochano esta doble actividad de su amigo y compañero, José Villarejo Pérez, a través del denominado Grupo CENYT, le comunicó a su presidente, Francisco González, la existencia de tal anómalo e ilegal recurso, garantizándole la total discreción y opacidad si se recurría al mismo», señalaba.
Lo que el juez indicó, «dada la ausencia de programa alguno de control y supervisión sobre sus decisiones ejecutivas dentro de la entidad, autorizó y permitió, garantizándose un núcleo muy reducido de altos directivos de los servicios centrales corporativos de la entidad que conociesen el mismo».
A raíz de ello, concluyó el juez, se firmaron una serie de contratos para poner en marcha determinados proyectos de inteligencia que incluían seguimientos, intervención de tráfico de llamadas, consulta de bases de datos de personas o averiguación de patrimonio de distintas personas, entre ellos empresarios, abogados o periodistas.
