MADRID, 28 de octubre de 2025. Alquiler Seguro ha confirmado que ha recibido una propuesta de sanción por importe de 3.600.000 euros del Ministerio de Consumo y ha anunciado que presentará alegaciones durante el plazo correspondiente para defender la legalidad de sus servicios. La empresa se posiciona en contra de las acusaciones que la acusan de llevar a cabo prácticas abusivas en la gestión del alquiler.
La compañía destaca que todos los servicios que ofrece a propietarios e inquilinos son transparentes, públicos y voluntarios, incluidos los gastos de gestión y formalización del contrato, los cuales recaen exclusivamente en el arrendador, tal y como se establece en el contrato de prestación de servicios.
Alquiler Seguro considera que la cantidad fijada en la propuesta de sanción es «abusiva y desproporcionada». En un comunicado, la empresa ha declarado: «rechazamos la imposición de cualquier tipo de sanción y defenderemos la legalidad de nuestras acciones en la fase de alegaciones».
La propuesta de sanción, que debe ser valorada por el secretario general de Consumo y Juego, Andrés Barragán, continuará en fase de análisis durante los próximos meses. Se espera una decisión una vez que se revisen las alegaciones formuladas por ambas partes.
Entre las irregularidades que apunta el Ministerio de Consumo en su propuesta de sanción se destaca la imposición de un supuesto servicio de atención al inquilino, que encubriría el cobro de gastos que deberían ser asumidos por el propietario. También se menciona la obligatoriedad de contratar un seguro del hogar y un estudio de solvencia económica, así como la limitación del derecho de desistimiento del contrato y la carga a los inquilinos de todos los gastos derivados de reclamaciones judiciales o extrajudiciales.
Tres sentencias judiciales avalan la legalidad de los servicios
Desde Alquiler Seguro han informado que han conocido recientemente una nueva resolución judicial que corrobora que todos los servicios ofrecidos son voluntarios y que generan un beneficio para sus clientes. Esta nueva sentencia se suma a otras dos anteriores que también dieron la razón a la empresa, acumulando un total de tres sentencias favorables, donde la justicia ha rechazado las acusaciones contra la compañía.
En concreto, el Juzgado de 1.ª Instancia nº 104 de Madrid desestimó una demanda contra la empresa relacionada con el cobro de este servicio, aclarando que no solo no es abusivo ni supone una imposición, sino que incluye un conjunto de prestaciones voluntarias que son útiles para los inquilinos a lo largo de toda la vigencia del contrato de alquiler.
El fallo establecía que la empresa ofrecía un contrato de servicio de atención al inquilino «sin ningún tipo de imposición, pudiendo optar la parte actora por arrendar directamente la vivienda sin intermediación de la demandada».
El juzgado desestimó la demanda de un inquilino que solicitaba la devolución del importe abonado por este servicio, argumentando que no solo lo contrató voluntariamente, sino que también se benefició de las prestaciones en numerosas ocasiones: «las incidencias comunicadas por los arrendatarios fueron superiores a la media del resto de contratos de arrendamiento gestionados por la demanda, sin que pidieran la cancelación del contrato», recoge el texto.
Así, la sentencia concluía que «acreditado que tuvo lugar una relación contractual entre las partes, y que fue objeto de desarrollo para el fin contenido en el contrato suscrito, la pretensión de devolución del precio abonado carece de fundamento objetivo alguno, por lo que debe desestimarse la demanda».
