El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley del estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, conocido coloquialmente como el Estatuto del Becario. Esta medida llega más de dos años después de que el Ministerio de Trabajo y Economía Social firmara y presentara esta norma junto a los sindicatos.
«Es una norma que es muy controvertida porque lucha contra la precariedad y, cuando se lucha contra la precariedad, hay fuelles que se resisten en muchos lugares», ha advertido la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. En este contexto, ha detallado que en España hay a disposición de las empresas 2.000.000 de personas trabajadoras gratis, sin derechos, lo que implica que «no acuden al organismo reglado y oficial, que es el contrato formativo».
Por ello, con esta ley, el Gobierno establece que «a partir de ahora, las prácticas no laborales en las empresas tienen que constar por escrito con un acuerdo específico, en el que quede más que claro cuál es la formación que cada persona tiene que recibir y, además, debe haber una doble tutorización».
«Lo que hacemos, que es la gran novedad, es que otorgamos un elenco de derechos a las personas en formación, y de deberes», ha celebrado Díaz, quien ha destacado, entre los derechos, que los becarios puedan ser compensados por los gastos derivados de sus prácticas no laborales en las empresas. La vicepresidenta también ha resaltado que la Inspección de Trabajo elevará las cuantías y las sanciones en caso de vulneraciones, que podrán superar los 250.000 euros, y que se incentivará a las empresas para que contraten de forma indefinida a estas personas.
El Estatuto del Becario empezará su tramitación en el Congreso
Al tener rango de ley, esta iniciativa, que ha generado discrepancias internas entre PSOE y Sumar, deberá ser tramitada por las Cortes Generales. Tras la ruptura de Junts con el Ejecutivo, su aprobación definitiva se presenta más complicada.
La norma, que no contó con la participación de la comunidad universitaria, según denunciaron los rectores, incluye un régimen sancionador para las empresas que incumplan los derechos de los alumnos, con multas de hasta 225.000 euros; establece la compensación de los gastos que tengan los estudiantes, y limita las prácticas extracurriculares a 480 horas.
El objetivo del proyecto de ley es establecer los periodos de formación práctica no laboral que se pueden realizar en el ámbito de la empresa, así como desarrollar el régimen jurídico que los ordena. El Estatuto del Becario incluye un régimen sancionador con multas para las empresas de entre 120.006 y 225.018 euros en caso de infracciones muy graves. En su grado medio, las multas serán de 30.001 a 120.005 euros, mientras que en grado mínimo, las multas irán de 7.501 a 30.000 euros.
Las infracciones se consideran muy graves si se producen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad, o en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones laborales.
Además, se tipifican como infracciones muy graves las que se basen en circunstancias de sexo, origen racial o étnico, estado civil, condición social, religión, ideas políticas, orientación sexual, y otros aspectos relacionados con el trato desigual en el entorno laboral.
Las empresas en las que los estudiantes realicen actividades formativas también deberán compensar a los alumnos por los gastos derivados de su formación práctica, en los términos previstos en el convenio correspondiente, «por una cuantía mínima suficiente para compensar todos los gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención».
En cuanto a los periodos de formación práctica, el Estatuto del Becario contempla incluir las prácticas extracurriculares desarrolladas durante los estudios oficiales de grado, máster universitario o, en su caso, doctorado. Sin embargo, estas prácticas no deberán superar el 15% de las horas necesarias para obtener los créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Crédito), ni las 480 horas totales.
Asimismo, también se incluyen prácticas vinculadas a títulos propios de las universidades, siempre que la suma total de prácticas curriculares y extracurriculares no exceda el 25% de los créditos ECTS de la titulación correspondiente. Para títulos propios con una duración mínima de 60 créditos ECTS, habrá posibilidad de establecer prácticas por un plazo de 3 meses.
Obligaciones de los estudiantes
La norma también detalla las obligaciones de los becarios, las cuales incluyen cumplir con la normativa vigente sobre prácticas externas establecida por su institución formativa, conocer y respetar el proyecto formativo de las prácticas, y mantener el contacto con su tutor académico durante el desarrollo de la práctica, comunicándole cualquier incidencia que surja.
Los alumnos en prácticas deberán incorporarse a la empresa en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento y prevención de riesgos laborales. Además, deberán desarrollar el proyecto formativo y cumplir con las actividades acordadas con la empresa.
Finalmente, los becarios están obligados a mantener la confidencialidad sobre la información interna de la empresa y a mostrar una actitud respetuosa hacia la política de la misma, salvaguardando el buen nombre de su centro formativo.
